Otorgan amparo a Daniel Arizmendi ‘El Mochaorejas’ y a su hermano; se les repondrá proceso

Por vicios de procedimiento y posibles actos de tortura, un Tribunal Colegiado de la Ciudad de México concedió un amparo a Daniel Arizmendi, alias “El Mochaorejas” y a su hermano Aurelio Arizmendi, líderes e integrantes de una banda de secuestradores, por presuntas violaciones al debido proceso y porque se debe de investigar si fueron víctimas de actos de tortura cuando fueron detenidos, en julio de 1998.

El Tribunal Colegiado aclaró que este amparo sólo es para que se reponga el proceso, pero no para que se les deje en libertad, ya que ambos están sentenciados a 40 años de prisión.


En julio de 1998, Aurelio y Daniel Arizmendi fueron detenidos, procesados y sentenciados por secuestrar a 5 personas.

Se les caracterizaba por su manera violenta de someter a las víctimas, incluso, a algunas de ellas les cortaron las orejas.

En febrero de 2007, los hermanos Arizmendi López fueron sentenciados a 40 años de prisión y al pago de casi 58 millones de pesos para las víctimas.

Los hermanos Arizmendi López interpusieron una demanda de amparo, argumentando violaciones al debido proceso y actos de tortura.

El expediente pasó un juez de amparo, un Tribunal Unitario y hasta que llegó al Primer Tribunal Colegiado de la Ciudad de México.

Este último, detectó que un estudiante del tercer año de la carrera de derecho se acreditó como abogado de uno de los acusados, lo que representó una defensa inadecuada.

En la sentencia de amparo, que es pública, se lee: “Entonces carecen de todo valor probatorio, las declaraciones señaladas con antelación por este órgano colegiado en donde los ahora quejosos y algunos de sus coinculpados estuvieron asistidos por el supuesto defensor / al haber quedado asentado que: no es licenciado en derecho”.

En el caso de las denuncias de tortura, se argumentó que el dictamen médico de uno de los detenidos presentaba diversas lesiones en costillas, en una rodilla con posible fractura, escoriaciones y costras de sangre.

En la sentencia se lee: “se advierte que existe una posible violación directa a sus derechos humanos, deducida de la tortura que alegan y, por ende, eso pudo tener trascendencia en su perjuicio respecto del resultado de la sentencia reclamada / tal circunstancia pudiera derivar una violación al debido proceso en perjuicio de los quejosos / es factible la posibilidad de que pudieron existir actos de tortura como medio intimidatorio”.

El Tribunal Colegiado ordenó que a los detenidos se les practique el Protocolo de Estambul.

Los hermanos Arizmendi López no saldrán de prisión, hasta que se resuelva el presente juicio de amparo.

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