Legislatura aprueba penas de hasta 6 años de prisión a quienes difundan sexting

La Legislatura de Querétaro aprobó establecer penas de hasta tres años de prisión a quienes obtengan o difundan por cualquier medio imágenes o vídeos de las partes íntimas de una persona, sin el consentimiento de esta.

También contempla interponer sanciones de 1 mil a 2 mil veces el valor diario de la UMA, y desde 1 mil hasta 2 mil veces el valor diario de la UMA por concepto de reparación del daño.

Entre las penas que se proponen para el  que obtenga por cualquier medio imágenes o videos de las partes íntimas o genitales de una persona, sin el consentimiento de esta, se le impondrá de 3 a 6 años de prisión, de 1 mil a 2 mil veces el valor diario de la UMA, y desde 1 mil hasta 2 mil veces el valor diario de la UMA por concepto de reparación del daño.

“En el tema del uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, en las que han nacido fenómenos como el ciberbullying, la difusión de peleas a través de las redes sociales, el sexting es un término inglés que se usa para referirse al acto de enviar mensajes explícitos de contenido erótico o sexual desde un dispositivo móvil,  y la porno venganza, que consiste en la difusión de imágenes o grabaciones de carácter sexual de una persona que se compartieron en el marco de la intimidad de una relación y que una vez terminada, se difunden a través del internet sin consentimiento de una o ambas partes, con el fin de exponerla y humillarla ante el público”.

Por otra parte, a quien sin la autorización correspondiente divulgue o amenace con difundir video o imágenes eróticas sexuales de una persona, obtenidas con o sin el consentimiento de esta, se le impondrá una pena de 3 a 6 años de prisión, de 1 mil  a 2 mil veces el valor diario de la UMA, y desde 1 mil hasta 2 mil veces el valor diario de la UMA por concepto de reparación del daño.

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